DECLARA consumada la PERENCIÓN y, en consecuencia EXTINGUIDA la INSTANCIA en el presente juicio.
Publíquese, regístrese, diarícese, certifíquense dos copias de esta decisión para el archivo de este Tribunal y Fiscalía Séptima del Ministerio Público del Estado Yaracuy y remítase con oficio en su oportunidad.
Dada, firmada y sellada en el salón de Despacho del Juzgado de los Municipios Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a los diez (10) días del mes de noviembre de dos mil seis. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
El Juez:
Abg. Reinaldo Rzemieñ Freytez.
La Secretaria
Carmen Aída Servet de Ramones.
En esta misma fecha, siendo las 2 y 30 p. m. se publicó y registró la anterior sentencia.
La Secretaria.