Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL INCOADA POR IVAN ERNESTO CADETTO PRESTO, CONTRA EL JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, EN EL EXPEDIENTE SIGNADO POR ESE DESPACHO JUDICIAL CON EL NO. 18870, con motivo del juicio de Desalojo incoado por la ciudadana BELKIS PULIDO contra el ciudadano IVAN CADETTO. Todo ello de conformidad con el artículo 6 ordinal 5º de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, con las disposiciones legales, y jurisprudenciales antes citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.-
- Se declara SIN LUGAR el recurso de apelac.....