Con fundamento a lo antes indicado, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Nro. 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hizo los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Octava del Ministerio Público, en contra del ciudadano: OSCAR ALFONSO TORRES ROSALES, venezolano, mayor de edad, de 29 años de edad, soltero, vigilante, titular de la cédula de identidad Nº V-14.255.540, residenciado en el Barrio Santa Elena, casa Nº 13.10, Carrera 3 Bis, al bajar las escaleras de tránsito, callejón la quebrada, sabaneta, Tovar, estado Mérida, así mismo se precalifica su conducta como la desplegada para la comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículos 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y VIOLENCIA SEXUAL previsto y sancionado en el .....