Se declaro CON LUGAR la Inhibición planteada por la abogada MARIBEL DEL VALLE RIVERO REYES, en su condición de Jueza del Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, con sede Puerto Ordaz, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.