Este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley considera procedente imponer MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano JORGE LUIS CAMACHO GIMENEZ, venezolano, mayor de edad, de 31 años de edad, portador de la cédula de identidad No. V-12.728.459, de profesión u oficio comerciante, de estado civil soltero.