este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley; ordena corregir la omisión observada, revocando las actuaciones insertas en los folios 112, 113, 114, 115, y ordena dictar auto de abocamiento con sus respectivas boletas de notificación, e igualmente se informa a las partes intervinientes en este Juicio, que una vez a que conste en autos la ultima de las notificaciones de las partes, se fijara por auto separado la fecha y hora para la evacuación de las pruebas contenidas en los capítulos: III; IV; y V, para así darle cumplimiento a la Sentencia de fecha 21 de Septiembre de 2.009, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Cúmplase.-