Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo de La Circunscripción Judicial Del Estado Bolívar sede Ciudad Bolívar, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoado por la ciudadana: DORIS GALEA, en contra del ciudadano JORGE ABUD, y en consecuencia queda EXTINGUIDO el proceso. Sin embargo, ello no obsta para que los demandante vuelva a proponer su demanda, una vez transcurrido el lapso establecido en el artículo 204 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; asimismo se ordena la notificación del actor o en su defecto a quien sus derechos representen y una vez conste en auto la notificación de los mismos, sea remitido el presente expediente a la Sede del archivo Judicial.