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Decisiones del dia 11/02/2015

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : UP11-J-2015-000240 N° Sentencia : Fecha: 11/02/2015
Procedimiento:
Divorcio
Partes:
CIUDADANOS JOSE LUIS VIZCAYA CARBALLO Y MARY CRUZ OCHOA VILLEGAS
Resumen:
Con base a lo anterior, se evidencia que cuando uno de los cónyuges pretenda solicitar el divorcio de conformidad con el artículo 185-A del señalado del texto legal sustantivo, deben cumplir con los requisitos establecidos en la norma, es decir, alegar la ruptura prolongada de la vida en común y que han permanecido separados de hecho por más de cinco años; en el presente caso observa este Tribunal, que no se cumple con los mismos ya que los ciudadanos JOSE LUIS VIZCAYA CARBALLO y MARY CRUZ OCHOA VILLEGAS, plenamente identificados en autos, manifestaron que separaron de hecho en el mes de septiembre del año 2014, razón por la cual mal podrían tener más de cinco años separados, requisito indispensable para que pueda producir efectos la solicitud. Siendo de orden público la situación antes planteada, este Tribunal debe declarar inadmisible la presente solicitud por cuanto los cónyuges no han permanecido separados de hecho por más de cinco años, no cumpliendo con lo establecido en la Ley p.....
Juez/Ponente:
Pilar Coromoto Valverde Medina
Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen
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N° Expediente : UP11-V-2014-001064 N° Sentencia : Fecha: 11/02/2015
Procedimiento:
Obligación De Manutención
Partes:
CIUDADANO PABLO JOSE COLINA GALENO, CIUDADANA SORIEL COROMOTO MARTINEZ GARRANCHAN
Resumen:
En cuanto a la OBLIGACIÒN DE MANUTENCIÒN, el cual es el siguiente: "El padre aportará la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00) MENSUALES, los cuales serán depositados en una cuenta de ahorro del Banco Bicentenario que se ordena su apertura a nombre de la niña de autos. Para el mes de diciembre el padre aportara la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 2.500,00) para gastos de estrenos de la época, los cuales depositara antes del quince (15) de diciembre de cada año. En cuanto a los gastos de consultas medicas, medicinas, medicamentos, exámenes médicos, ropa y calzado cada seis (06) meses, así como los gastos que se generen de la crianza o cualquier otro gasto que genere de la niña de autos, incluido el cuidado diario, serán cubiertos por ambos padres por mitad previo presupuesto, indicación médica, informe médicos y presentación de facturas. Igualmente se ordena el ajuste automático de los montos fijados de la obligación de manutención conforme a lo establec.....
Juez/Ponente:
Pilar Coromoto Valverde Medina
Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen
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