Se dictó decisión mediante la cual se fundamenta decreto de Suspensión Condicional del Procesa, por un Régimen de Prueba de UN (01) AÑO, consistente en presentaciones cada Treinta (30) días ante la Oficina del Alguacilazgo y la Prohibición de incurrir en delitos en especial de Violencia contra la Mujer, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 42 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal.