PARTE DEMANDANTE:
Visto el escrito de pruebas presentado por la parte actora, este Tribunal pasa a pronunciarse de la
A. En cuanto a las pruebas documentales promovidas en los capítulos PRIMERO al SEXTO referente a: Recibos de pagos, Constancias de trabajos, Cartas de despidos: no se admiten por cuanto no constan en autos, con respecto a: Providencia Administrativas, Acta de fecha 22-08-2007, Apertura de procedimiento de multa este tribunal la ADMITE, por no ser manifiestamente ilegales o impertinente de conformidad con el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
B. En cuanto a la prueba de informe promovida en el capítulo TERCERO, este tribunal la ADMITE, por lo que se ordena oficiar al INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES para que informen sobre los siguientes particulares: a) Si los ciudadanos SOLANGI ARRIECHE, MARIA GALINDEZ, JUANA TORRES, MARIA ORTIZ, NABETZI GALINEZ, MARIA MOLLETONES, NELLYS MENDOZA, XIOMARA OROPEZA, ZOILA GONZALEZ, NARCISO PINE.....