DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y como consecuencia de ello se establece al ciudadano: JOSÉ RAFAEL LEÓN ESCALONA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. Nº V-15.994.856 y de este domicilio, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención a favor de la niña y niño: (Identidad Reservada), por la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 450.00), semanales pagaderos al inicio de cada semana, los cuales deberá entregar directamente a la madre de la niña y niño en referencia, previo recibo firmado por ésta o consignarlos en la cuenta de ahorros que al efecto se abra para tal fin.-
Segundo: Adicionalmente a la referida cuota de manutención mensu.....