Este Juzgado, Mediante RESOLUCIÓN Nº PJ0822016000230, se dicto sentencia definitiva, declarando como Único y Universal Heredero del De Cujus JEAN FRANCO ROMERO GONZALEZ, quien fuera venezolano, mayor de edad, Cédula de Identidad Nº V-14.778.398, fallecido Ab-Intestato, el día 30 de octubre de 2015, a la ciudadana MAYRA NOHEMI FRANCO, a la adolescentes (Identidad omitida en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes),, y al niño (Identidad omitida en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes),, , en su condición de cónyuge e hijos con respecto al referido De Cujus.-