DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones anteriores, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales incoada por el ciudadano YHORBIS FIGUERA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 15.372.140 contra la empresa CENTRAL SANTO TOME I, C.A. Así se establece.-
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas dada la naturaleza del fallo. Y así se establece.-
Se Condena a la parte demandada a cancelar a la parte actora la cantidad de DIECINUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UN BOLÍVARES CON NOVENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 19.791,98), por prestaciones sociales, más lo que resulten de la experticia complementaria del fallo correspondiente.