este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, acuerda: RATIFICAR LA MEDIDA DE PROTECCIÓN, DE COLOCACIÓN FAMILIAR, dictada en fecha 9 de diciembre de 2009, a favor de las niñas Identidad omitida según articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, actualmente de 9 años de edad, respectivamente, en la persona de la ciudadana AMADA JOSEFINA SANDOVAL BUSTILLO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 5.462.018, residenciada en la Urbanización Manuel Cedeño, calle 2, casa Nº 18 San Felipe, estado Yaracuy, por considerarlo procedente en beneficio e interés de las niñas de a.....