DECISIÓN
Por estas razones expuestas, esta Corte de Apelaciones administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con el numeral 4º del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, declara CON LUGAR la inhibición presentada por la Juez de Juicio Nº 1, Abg. Lenys Isabel Parra García, para conocer el asunto signado con el número UK01-X-2005-000013. Remítase copia certificada de la presente decisión a la Juez Inhibida.