DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO y consecuencialmente DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE UNÍA A LOS CIUDADANOS ALVARO JOSÉ BISITO GONZÁLEZ y GELEN DESIREE MORALES DE BISITO, ampliamente identificados en autos, en los términos acordados por ellos en la solicitud de Separación de Cuerpos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, quienes contrajeron matrimonio por ante el Juzgado del Municipio Nirgua, Estado Yaracuy, en fecha dieciséis (16) de mayo de 2008, según se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio cursante al folio 06 del expediente, bajo el N° 04, de fecha 16 de mayo del año 2008.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe a los 11 día del mes de Mayo de.....