Por las razones antes expuestas, y en virtud que la adolescente RICARDO CHASOY, antes identificados, tienen status de victima, en la INVESTIGACIÓN n° 22f8-0127-08, llevada por la mencionada Fiscalia delEstado Yaracuy, por la Comisión de uno del delito de HOMICIDIO, en la que aparece como imputado el ciudadano JOSE GREGORIO CARMONA VERGAS, encontrándose la causa en fase de investigación, este Tribunal de Control N° 6, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLÍVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ADMITE la presente solicitud y ordena sean realizadas rondas sucesivas por los alrededores del lugar de la residencia de adolescente RICARDO y su Núcleo Familiar a proteger, por efectivos policiales adscritos al Instituto Autónomo de Policía de este Estado, por un lapso de Noventa (90) días prorrogables a petición de la Unidad de Atención a la victima; así como la prohibición del acercamiento de la presunta involucrada a la residencia, trabajo o sitio de estudio del .....