DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decide: PRIMERO: CON LUGAR la primera denuncia, en consecuencia se declara la nulidad de la Audiencia Preliminar celebrada en fecha 13 de Octubre de 2017 y de todos los actos que de ella dependan, la nulidad de la acusación fiscal, y la reposición de la causa al estado de que el Ministerio Público proceda si ello fuere el caso, a imputar el nuevo delito de Robo Agravado con los elementos de convicción que sustenten la nueva calificación jurídica, o en su caso proceda a presentar el acto conclusivo en armonía con el delito imputado en la audiencia de presentación celebrada el 02 de Noviembre de 2016. SEGUNDO: SIN LUGAR la segunda, tercera y quinta denuncia. TERCERO: CON LUGAR la cuarta denuncia. CUARTO: En cuanto al recurso de apelación interpuesto por los Abogados W.....