este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte recurrente en la representación de la empresa, RORAIMA INN BINGO & HOTEL, C.A..
SEGUNDO: se REVOCA la decisión dictada por el tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio y como consecuencia de ello se declara inadmisible la presente acción de amparo por no haber agotado plenamente el procedimiento administrativo de multa.
Se ordena la remisión de las presentes actuaciones al tribunal de origen una vez que la decisión quede definitivamente firme.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, a los Ocho (08) días del mes de Julio de Dos Mil Once (2011.....