Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Primero De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil y Agrario Del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide:
Primero: SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por los ciudadanos PEDRO SANCHEZ, HECTOR CARDOZO y MIGUEL CALABRESE, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en Ciudad Guayana, Municipio Caroní del Estado Bolívar, titulares de las cédulas de identidad personales Números: V-5.653.237, V-5.088.724 y V-8.957.591; respectivamente. Procediendo en su carácter de Primer Vicepresidente, Segundo Vicepresidente y Tesorero, respectivamente de la FEDERACIÓN DE CAMARAS Y ASOCIACIONES DE COMERCIO Y PRODUCCIÓN DEL ESTADO BOLIVAR CONTRA FEDERACIÓN DE CAMARAS Y ASOCIACIONES DE COMERCIO Y PRODUCCIÓN DE VENEZUELA, Asociación Civil, domiciliada en Caracas Distrito Ca.....