VII
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con Sede en la Ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
UNICO: Se declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio por RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD ejercido por el Profesional del Derecho ZADDY ELIAS RIVAS SALZAR, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el núm. 65.552, en su carácter de Coapoderado Judicial de la parte demandante Entidad de Trabajo C.V.G BAUXILUM, C.A, protocolizada ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con Sede en Puerto Ordaz, el día 28 de mayo del 2004, anotado bajo el Nº 63, Tomo 21-A-Pro; en contra de la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES BOLÍVAR Y AMAZONAS (D.I.R.E.S.A.T-BOLÍVAR-AMAZONAS),.....