Se dictó decisión mediante la cual se decretó el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del ciudadano CARABALLO ROJAS EGIDIO ENRIQUE, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana SALAZAR JIMENEZ ONELCRIS DEL ROSARIO, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 108 numeral 5° del Código Penal concatenado con los artículos 49 numeral 8° y 300 numeral 3° todos del Código Orgánico Procesal Penal.