Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la defensa del imputado EDINSON ALEXANDER RIVERO CORONA contra la decisión definitiva pronunciada en contra del mismo por el Tribunal de Juicio Mixto N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en fecha 03 de marzo de 2005, mediante la cual condenó al identificado acusado a cumplir la pena de dos años, seis meses, doce días y doce horas de prisión, más las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas, previstos y sancionados en los artículos 411 y 422 numeral 1°, respectivamente, del Código Penal venezolano vigente, en perjuicio de los ciudadano Anderson Garrido (occiso) y Yender Alexis Dávila Aguiar. Queda así confirmado el fallo i.....