DISPOSITIVO
Por las razones anteriores este Tribunal en Funciones de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA la medida cautelar de presentación impuesta en fecha 12 de enero de 2007, por el Tribunal de Control N° 3 de este Circuito Judicial Penal al ciudadano LUIS ALBERTO RAMÍREZ GALÍNDEZ, plenamente identificado en autos, y le decreta medida de privación judicial preventiva de libertad, para lo cual se ordena su aprehensión por los organismo de seguridad del Estado. Todo de conformidad con el artículo 262, numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese y publíquese el presente fallo. Notifíquese a las partes.
El Juez de Juicio N° 2
Abog. Wladimir Di Zacomo Capriles
La Secretaria,
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