esta Juzgadora en Funciones de Juicio Nº 01, al amparo del artículo 77 ibidem, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: 1) Declina la competencia en el conocimiento de la presente causa, ante el Juzgado de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, de conformidad con lo previsto en el único aparte del artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal, 2) Deja sin efecto la convocatoria de Juicio Oral y Público, establecida para el día Jueves 18 de agosto de 2011, a las once de la mañana. Ello, por acatamiento al principio de la unidad del proceso (Artículo 73 eiusdem). En consecuencia se ordena la remisión de la presente causa al referido Tribunal, previa notificación de las partes. Así se declara.
LA JUEZA DE JUICIO Nº 01
ABG. ROSARITO MÉNDEZ BARONE
LA SECRETARIA
ABG. MARISELA TAYANARA HERNÁNDEZ