PRIMERO: IMPARTIRLE LA HOMOLOGACION a la transacción celebrada en fecha 06-08-2014 por el ciudadano Alexis Antonio Moizant Cárdenas debidamente representado por el Abg. Douglas José Páez Sánchez, inscrito en el Ipsa bajo el Nº 90.234, en la demanda interpuesta por él y otros trabajadores en contra de la sociedad mercantil Colorificio Pordecar, C.A., y los accionistas principales Inversora Adecerca C.A. representada por Siro Febres Cordero Salom y Cerámicas Pordenone C.A. representada por José Maria Tombazzi Massa y los accionistas principales como persona natural: Siro Febres Cordero Salom, Gerardo José Tombazzi Massa, José Maria Tombazzi, José Manuel González, Víctor Dámaso Ramírez Pérez y Blanca Julia Luque Ortega, por cobro de beneficios Laborales, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y los artículos 10 y 11 del Reglamento de.....