Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentado por la ciudadana LEILA KAMEL CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.692.147, debidamente asistida por el ciudadano ARISTIDES RAMON JOSÉ JIMENEZ BRAVO, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 311.671, contra el ciudadano NELSON ENRIQUE GONZALEZ MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.465.074; y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos, en fecha Treinta (30) de Junio de 2001, por ante el Registro Civil del Municipio Guiraldot del Estado Aragua, tal y como se evidencia de la copia certificada del Acta de Ma.....