este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, en el juicio que por divorcio por mutuo consentimiento, artículo 185-A, incoare el ciudadano OTILIO RAMON TOVAR RAMIREZ, y se ordena el archivo del mismo. Así se decide.-