DECISION
En vista a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVOCA EL BENEFECIO DE ESTABLECIMIENTO ABIERTO, otorgado por auto de fecha 17 de Enero de 2008 al penado RIVAS MILAN JOSE ALBERTO, de nacionalidad venezolana, natural de San Felipe, Estado Yaracuy, nacido el 21-03-77, domiciliado en el Barrio la Libertad, Calle Principal Yaritagua, Municipio Peña, Estado Yaracuy y titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.740.859, de conformidad con lo establecido en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se ordena su captura y una vez aprehendido deberá ser recluido en el Internado Judicial Yaracuy a los fines del total cumplimiento de la pena, quedando a la orden de este Tribunal de Ejecución. Ofíciese a los Organismos de Seguridad de este Estado. Líbrese .....