En mérito de lo anteriormente expuesto este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda intentada la ciudadana AMPARO BLANCO, identificada en autos, contra los ciudadanos MARILYN CAROLINA CONDE PERALTA y OMAR JAVIER MARIN LLOVERA, plenamente identificado en autos por QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA POR DESPOJO. Queda así CONFIMADA la sentencia definitiva dictada en fecha 30 de Junio del año 2.009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. En consecuencia, se condena a los querellados a restituir a la demandante la posesión de la parcela Nº 12, ubicada en la cuarta transversal de la manzana 01 del barrio Riberas del Caura, con los si.....