En fecha 12-03-2008, se dicta sentencia mediante la cual el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Inhibición planteada por el Abog. JOSE GREGORIO RENGIFO AVADEZ, en su condición de Juez del Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEGUNDO: Se ordena la remisión de las copias certificadas de la presente decisión al Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los fines legales consiguientes. Líbrese el correspondiente oficio y remítanse las copias certificadas de la presente decisión.