En fuerza de las consideraciones anteriores, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandante recurrente, en contra de la sentencia dictada en fecha 03 de noviembre del 2014, por ante el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz.
SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia dictada en fecha 03 de noviembre del 2014, por ante el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz.
TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoada.....