Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación incoada por la abogada MARIA TERESA MUÑOZ, en su carácter de apoderado judicial de la Ciudadana AMABLE ESTHER OCHOA SILVA, parte demandada en el juicio que por PARTICION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, sigue el Ciudadano ESNARDO JOSE CEDEÑO CARVAJAL, en contra de la Ciudadana AMABLE ESTHER OCHOA SILVA, ambas partes ampliamente identificados ut supra. En consecuencia se ordena a la DEPOSITARIA JUDICIAL GUAYANA S.R.L., que en cumplimiento al auto de fecha 04 de Mayo del 2011, entregue las llaves del inmueble en la oportunidad legal fijada en dicha actuación al Tribunal de la causa, so-pretexto de incurrir en desacato.- Todo ello de conformidad con las disposi.....