DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones y revisadas las circunstancias particulares del presente caso, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda de REVISION DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, incoada por el ciudadano CARLOS ENRIQUE CONOPOIMA FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.268.396, domiciliado en la parroquia en El Carmen, manzana 10, casa N°.33, Urbanización La Fundación Mendoza, Barcelona, Municipio Simón Bolívar del estado Anzoátegui, en su carácter de padre del niño IDENTIDAD OMITIDA, asistido por la abogada YAMILET MORGADO, Defensora Pública Segunda con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública de la Circunscripci.....