Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito, del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: NULA la decisión recurrida, conforme a lo previsto en el artículo 244 del Código Procedimiento Civil.
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte actora, abogado Edmundo Arlindo Márquez, en contra de la decisión fechada 17/11/2023 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil... de este mismo Circuito y Circunscripción Judicial.
TERCERO: SIN LUGAR la pretensión principal de Simulacion incoada por el ciudadano Mario Della Cerra contra las ciudadanas Gladis Rojas y Migdalia Moleiro, SIN LUGAR la acción subsidiaria de Nulidad de Venta, conforme a lo dispuesto en los artículos 254, 506 de nuestro ordenamiento jurídico civil.