PRIMERO:Se declara de MERO DERECHO la ACCIÓN DE AMPAROCONSTITUCIONAL interpuesta por el ciudadanoLORENZO ANTONIO SILVA DELGADO, asistido por el abogado FERNANDO MIGUEL OLIVEROS, Inpreabogado N° 202.381, por Omisión de Pronunciamiento en contra de la abogada LOURDES SILVA ALVARADO, en su condición de Jueza Temporal del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua del estado Yaracuy, en el Juicio de DESALOJO DE LOCAL COMERCAIL interpuesto por el ciudadano REUCAR ANTONIO CAMACHO FAGUNDEZ contra el ciudadano LORENZO ANTONIO SILVA DELGADO.
SEGUNDO: Se declara PROCEDENTE IN LIMINE LITIS la presente ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL. En consecuencia, SE ORDENA a la abogada LOURDES SILVA ALVARADO, en su condición de Jueza Temporal del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua del estado Yaracuy, se pronuncie de forma inmediata, sobre la solicitud de la parte demandada de fecha 03 de junio de 2024, y proceda a oir la a.....