En mérito a lo expuesto esta Juzgadora, Administrando Justicia en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda que por Colocación Familiar fuera intentada los abogados por Elianel Braschi y Amanda Querales, en su carácter de Consejeras del Consejo de Protección del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, actuando por petición de la ciudadana ANTONIA MARIA PARRA DE INFANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 614.219, domiciliada en la Avenida Yaracuy, con calle Las Ameritas, El Ciepito, casa Nº 13, Municipio San Felipe estado Yaracuy, en su condición de abuela materna de los niños por Colocación Familiar de IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, En beneficio de la solicitante, en contra del ciudadano NELSON AUGUSTO CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.855.762, domiciliado en el Ki.....