Se dicto auto de fundamentación de Declinatoria de Competencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 118 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en concordancia con lo establecidop en los artículo 70, 73 y 75 del Código Orgánico Procesal Penal en la causa seguida contra el ciudadano ANGEL JOSE ROMERO VASQUEZ.