DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.-SIN LUGAR, la cuestión de fondo de falta de cualidad activa y pasiva alegada por los demandadas concurrentes al acto de contestación de la solicitud.
2.- CON LUGAR LA SOLICITUD DE CONVOCATORIA de Asamblea General de Propietarios del Edificio San José, ubicado en la avenida tercera entre calle "La Planta" y "Los Pocitos" (sic), Municipio Nirgua del Estado Yaracuy, la cual deberá ser fijada en la entrada principal del citado edificio y publicada en un diario de mayor circulación en esta región, indicando que el punto único a tratar es: "... Elección de la Junta de Condominio del Edificio "San José", de conformidad con lo previsto en la cláusula Décima Primera, del Documento de Condominio, la cual deberá realiza.....