DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído por los ciudadanos KARIMAR MINORKA PEREZ ISLANDA Y YOHAN ALEXANDER MEDINA RAMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nrosº V-26.332.624 y V-25.746.165., debidamente asistido por la abogada en ejercicio JANETH RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nroº 130.088, contrajeron matrimonio civil el 05 de MARZO de 2015, contrajeron matrimonio civil por ante Registro Civil del Municipio Caroní del Estado Bolívar, tal y como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio inserta bajo el Nro. 36, del Li.....