Acto seguido el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada declara: EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, SECUESTRADO el inmueble señalado por la parte actora, en la cantidad de CINCUENTA Y CINCO MILONES DE BOLIVARES (Bs. 55.000.000,00), propiedad del demandante, así como también declara la desposesiòn jurídica y material de la referido inmueble y se deja constancia de que en este acto se entrega la posesión del inmueble identificado a los ciudadanos: MARITZA TOVAR DE GRAU, FRED GRAU y JEAN GRAU, en la representación de su APODERADA JUDICIAL, ciudadana: SOLANGEL BARBOSA, anteriormente identificada, la cual recibe el referido inmueble en este acto en el estado en que se encuentra . Es todo. El Tribunal habiendo cumplido su misión ordena el regreso a su sede siendo la una y veinte de la tarde (1:20 p.m), Terminó, se leyó y conforme firman.
EL JUEZ,
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