Se dicto decisión en la presente causa acogiendo la tipificación del Delito de Violencia Fisica, previsto y sancionado eln el articulo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia. Se dreceto Medias de Protección y Seguridad a la victima ciudadana ALEXANDRA DANIELA PINO de las establecido en el articulo 87 ordinales 3º 5°, 6º y 11º de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia. Asimismo se decreto medida cautela sustitutiva de la privativa de libertad al imputado JOSE JAVIER GUZMAN DE LA ESTABLECIDA EN EL ARTICULO 256 ORDINAL 3º del Còdigo Orgánico Procesal Penal, consistente en las presentaciones cada 30 dias por ante la Oficina de Algucilazgo. Se ordeno Oficiar al Cetro de Reabilitación Carlos Fragachan a los fines de realizar evaluación Psicologica tanto a la victima como al imputado. Quedando las partes notificadas de la presente decisión.