Se declara SIN LUGAR, la Apelación ejercida por el ciudadano REINALDO BENITEZ, Apoderado Judicial de la parte demandada, sociedad mercantil SERVICIOS MARITIMOS ANTARES, C.A, contra la sentencia dictada en fecha cinco (05) de junio del año dos mil catorce (2014), por el Tribunal Tercero (3º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz. En consecuencia de ello, se CONFIRMA, la sentencia dictada en fecha cinco (05) de junio del año dos mil catorce (2014), por el Tribunal Tercero (3º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz.