Por todos los razonamientos anteriores, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, conforme a la Resolución N° 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, actuando en sede Civil, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley" DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: SANDRA JOSEFINA MEDIAN BRAVO Y PEDRO JOSE MENDEZ TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-19.166.276 Y V-18.862.724, debidamente asistidos por la abogada Briceyda Sánchez, inscrita en el Inpreabogado con el número 140.911, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados cónyuges, en fecha 07/11/2011 por ante (Hoy) Registro Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren, Estado Lara, según acta de matrimonio inserta bajo el Nº 455.....