PRIMERO: "DESISTIDO" el Recurso de Apelación ejercido por la parte demandada contra la sentencia de fecha diecisiete (17) de octubre del año dos mil veintitrés (2023) dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE. SEGUNDO: "SE CONFIRMA" la recurrida decisión en todas y cada una de sus partes. ASI SE DECIDE. TERCERO: De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en costas a la parte demandada recurrente. ASI SE DECIDE. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada. Así mismo remítase el expediente a su Tribunal de origen una vez firme esta sentencia en la oportunidad procesal correspondiente. Dada, firmada y sellada en la sede del Despacho del Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en la ciudad de San Felipe, a los doce (12) días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés (2023).