En fuerza de las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Tránsito y del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE RECURSO DE HECHO interpuesto en fecha 06/12/2024 por la abogada ANNABEL RUIZ GONZALEZ, con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos RICARDO AUGUSTO NEVEZ HERNANDEZ Y FRANCIS MEZONES MEJÍAS, supra identificados, en contra del auto de fecha 25/11/2024, en el juicio de DESLINDE incoado por el ciudadano YAMIL MIGUEL CASTILLO CORNIELES contra los ciudadanos RICARDO AUGUSTO NEVEZ HERNANDEZ Y FRANCIS MEZONES MEJÍAS, en el expediente T-2-INST-2024-N°32, mediante el cual, según la abogada Recurrente es negada la apelación interpuesta por la abogada supra identificada. Todo ello de conformidad con las disposiciones legales y jurisprudencias citadas, y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Pro.....