Mediante auto fundado se CONDENA al ciudadano LONY JOSE GREGORIO CENTENO COCIO, a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, por la presunta comisión de los delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del código penal y USO DE FACSIMIL, previsto y sancionado en el articulo 111 de la ley para el desarme y control de arma y municiones, mas las penas accesorias, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la Norma Adjetiva Penal, dada la admisión de hechos que nos ocupa, conforme al articulo 375 del Código Orgánico Procesal Penal.-