Por todas las consideraciones antes expuestas este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA la Medida Cautelar Sustitutiva de la detención acordada en fecha 19/01/2007 por incumplimiento sin motivo justificado de las presentaciones a que esta obligado de conformidad con el articulo 262 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se ordena librar Orden de Captura sobre el imputado JAVIER ALBERTO MAESTRE BRICEÑO.