MEDIACION POSITIVA. Se levantó acta de instalacion de Audiencia Preliminar. mediante la cual se dejó constancia de la comparecencia de las partes, en virtud que la mediacion fue positiva se homologo la TRANSACCION celebrada entre las partes,de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, articulo 89 ordinal 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, Artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.