Se dictó sentencia declarándose: PRIMERO: INCOMPETENTE para el conocimiento de la Demanda de Nulidad incoada por la sociedad mercantil TIGRE MOTOR´S, S.A., contra la Providencia Administrativa Nº 2011-00258 dictada el dieciséis (16) de junio de 2011 por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE CIUDAD BOLÍVAR, ESTADO BOLÍVAR, mediante la cual le declaró infractora laboral. SEGUNDO: DECLINA la competencia en el Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Ciudad Bolívar.